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Historia

Historia del Tribunal Supremo Electoral

 

En 1950, el Gobierno de turno, conformado por un Consejo de Gobierno Revolucionario (CGR), convocó a una Asamblea Constituyente para que se promulgara una nueva Constitución. En la Constitución de 1950 se creó el Consejo Central de Elecciones (CCE), que se erigió con la institución encargada de la conducción y control de los procesos electorales, y que cuyas funciones estaban reguladas por la Ley Transitoria Electoral promulgada el 12 de enero de aquel año. El CCE estaba integrado por 3 miembros propietarios y 3 suplentes; uno designado por el CGR y el otro por la Corte Suprema de Justicia; quienes al iniciar sus funciones elegirían al tercero. El CCE sería la máxima autoridad en materia electoral y que actuaría de forma autónoma.

En octubre de 1979 se da el último golpe de Estado en el El Salvador, lo que dio pie a la elaboración de una nueva Constitución, que fue promulgada en 1983, en la que se mantiene al Consejo Central de Elecciones como la máxima autoridad en materia electoral, sin mayores cambios estructurales.

Posteriormente, a raíz de los Acuerdos de Paz de Chapultepec (México) celebrados el 12 de enero de 1992, y que pusieron fin al conflicto armado (1980-1991), el Gobierno y el Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN) introducen reformas a algunas de las instituciones existentes. Como punto destacado de los Acuerdos, específicamente en el acápite III numeral 1 sobre las Reformas Constitucionales, se acordó la eliminación del Consejo Central de Elecciones (CCE) y en su lugar se creó el Tribunal Supremo Electoral (TSE).

Así, el TSE fue creado mediante la reforma constitucional, promulgada mediante el Decreto Legislativo Nº 64, de 31 de octubre de 1991, publicado en el Diario Oficial Nº 217, Tomo 313, de 20 de noviembre de 1991. Los artículos 208 y 209 del actual texto constitucional regulan la conformación y competencias del TSE.

En el artículo 208 Cn. se establece que el TSE estará integrado por 5 magistrados propietarios y sus respectivos suplentes, para un período de 5 años en sus cargos, los cuales serán designados por la Asamblea Legislativa, tres provenientes de las ternas propuestas por los partidos políticos o coaliciones que hayan obtenido mayor número de votos en la última elección presidencial y los dos restantes son elegidos de ternas presentadas por la Corte Suprema de Justicia. Su Presidente provendrá de la terna propuesta por el partido político que haya obtenido mayor número de votos en la última elección presidencial.

De acuerdo con el artículo 208 Cn., el TSE es la máxima autoridad en materia electoral, sin perjuicio de los recursos que establece la Constitución por violaciones a la misma. Las resoluciones que el TSE pronuncie en el ejercicio de sus funciones serán de obligatorio acatamiento por cualesquiera autoridades y particulares a quienes vayan dirigidas.

Asimismo, el TSE es una institución con autonomía jurisdiccional, administrativa y financiera. El TSE tiene su sede en San Salvador, capital de la República de El Salvador, y ejerce su jurisdicción en todo el territorio nacional.

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