Proceso para complementar JRV

TSE establece mecanismo y realiza sorteo para obtener integrantes de JRV

Publicado el 01 de diciembre de 2017 - Inicio / Noticias

El Tribunal Supremo Electoral, dio a conocer este día el mecanismo para el sorteo de personas inscritas en el padrón electoral para complementar las Juntas Receptoras de Votos, de acuerdo a los artículos 99 y 102 del Código Electoral.

El objetivo del sorteo es completar las JRV, donde las personas propuestas por los partidos políticos son insuficientes para su conformación.

Para ello, el TSE cuenta con un padrón de personas aptas para someterse al sorteo que es de 1,092,949, las aptas para ser electas, de las cuales se espera obtener 40 394 personas para completar el total requerido para la conformación de las JRV.

Las personas electas para completar las JRV pasarán por un proceso de verificación

A las personas que resulten seleccionadas en el sorteo, se empleará un mecanismo de verificación para determinar que cumplen los requisitos: No estar afiliada a partidos políticos, no pertenecer a la Fuerza Armada y PNC y no ser funcionarios o funcionarias públicos y judiciales.

No podrán participar en el sorteo las personas que fueron excluidas del padrón de ciudadanos y ciudadanas aptas (1,092, 949); empleados y empleadas del TSE, integrantes de JED y JEM; las propuestas para JRV entregadas por los partidos políticos.

Tampoco pueden participar en el sorteo las personas electas en los comicios de 2012 y 2015 como diputados, diputadas e integrantes de Concejos Municipales.

Se generaron listados de personas

El sorteo se realizó a través de un sistema informático que emplea un software de selección completamente aleatorio de posiciones numéricas que corresponde a los números de DUI de las personas en cada centro de votación.

Al finalizar el sorteo, se generó la semilla, que es la base para crear tres listas, de donde se obtendrán para completar JRV. El TSE espera completar los faltantes de JRV con la 1ra. lista; de no lograrse, se utilizará la 2da. y la 3ra. si fuere necesario

El sorteo se realizó en presencia de magistrados, magistradas, fiscalía electoral, junta de vigilancia electoral, partidos políticos y medios de comunicación.

Niveles de aleatoriedad para el sorteo:

Primer nivel de aleatoriedad: lo constituye la determinación de un número inicial accionado por el sistema, a través de una secuencia de dos dígitos que cambian a alta velocidad, de manera que no es posible predecir el número que resultará.

Segundo nivel de aleatoriedad: Lo establece los intervalos de selección que seguirá el sistema a partir del número inicial, este se define a partir de la data variable y particular de cada centro de votación, como cantidad de electores y personas requeridas para completar las JRV.

Tercer nivel de aleatoriedad: Cada departamento tendrá su propio número inicial según un orden aleatorio en que se definirán los departamentos del país.