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TSE inicia consulta ciudadana

Publicado el 29 de agosto de 2018 - Inicio / Noticias

En cumplimiento al artículo 20 del Código Electoral, el Tribunal Supremo Electoral (TSE), está impulsando una campaña motivacional para que la ciudadanía pueda consultar que los datos en su Documento Único de Identidad (DUI) sean los mismos que aparecen en el padrón electoral y tener la certeza de poder votar sin inconveniente en la elección presidencial del 3 de febrero de 2019.

En la consulta ciudadana que se desarrolla, entre el 21 de agosto y el 20 de septiembre de 2018, las personas podrán verificar que su nombre, número de DUI y fotografía estén correctos en el padrón electoral. En el caso de existir diferencia en los datos las personas deben pedir al TSE que se corrijan.

La consulta también sirve para conocer el centro de votación al que han sido asignados y puede solicitar cambiarlo a uno más cerca de su lugar de residencia, siempre y cuando sea dentro del mismo municipio; ya que el período para cambio de domicilio a otro municipio y departamento finalizó el 15 de julio de 2018.

De no coincidir los datos del padrón electoral con los que presenta el DUI, el representante del TSE verificará la Fecha de Expedición del DUI, tomando en cuenta la fecha de suspensión de modificación de residencia y la suspensión de inscripciones llenará el formulario con los datos del DUI del ciudadano y de acuerdo al requerimiento solicitado. Es importante que proporcione un número telefónico para contactarlo posteriormente sobre la resolución de su trámite.

Se consideran como errores, la no coincidencia de cualquiera de los datos del ciudadano o ciudadana que le aparecen en el DUI con los del padrón de consulta y cuando teniendo el ciudadano o ciudadana su DUI no aparezca en el padrón de consulta y no haya sido excluido del registro electoral.

Si la persona quiere modificar su Centro de Votación, se le mostrará el catálogo de centros de votación; una vez el ciudadano seleccione el nuevo centro de votación se completará el formulario, verificando que todos los campos estén llenos. En cualquier caso, el cambio de centro de votación debe limitarse al municipio al que pertenece en el Padrón Electoral, es decir, que no se permitirán cambios de un municipio a otro. Para formalizar la solicitud de reclamo o modificación de centro de votación, el delegado o delegada tomará la firma o huella digital de la persona en el espacio respectivo del formulario. Finalmente le entregará el comprobante de transacción.

Existen 4 formas para que la ciudadanía puede consultar sus datos: a través del sitio web consulta.tse.gob.sv, las brigadas móviles, en las 262 alcaldías del país y quioscos habilitados por el TSE.

Consulta en el sitio web

  1. Ingresar a consulta.tse.gob.sv
  2. Digitar su número de DUI
  3. Marcar la opción de mostrar fotografía
  4. Ingresar la fecha de expiración del DUI
  5. Marcar la caja de “No soy un robot” y hacer click en el botón consultar

Consulta en brigadas móviles

Además el TSE ha desplegado a nivel nacional brigadas móviles donde el delegado o delegada, solicita el DUI al ciudadano o ciudadana y digita su número en el pos móvil, los datos serán mostrados a la persona; si estos son correctos, imprimirá y le entregará un comprobante con los datos.

Consulta en alcaldías

También, el TSE ha puesto a disposición de la ciudadanía padrones electorales municipales en las 262 alcaldías del país; donde el representante del TSE solicita el DUI y procede a ubicar a la persona en el padrón electoral, en este caso solamente podrá consultarse si la persona reside en ese municipio ya que en el padrón están contemplados los electores que tienen dirección de ese municipio.

Consulta en quioscos

Los quioscos están ubicados en centros comerciales, donde la ciudadanía podrá consultar sus datos, presentará el DUI al encargado del quiosco y este procederá a ingresar el número en la pantalla del quiosco los datos serán mostrados al ciudadano o ciudadana; si estos son correctos, imprimirá y le entregará un comprobante de consulta con los datos.

¿Qué es el Registro Electoral?

La dirección del registro electoral, es una dependencia del Tribunal Supremo Electoral y tiene como funciones elaborar y actualizar bajo métodos confiables y técnicos el registro electoral que sirve de base para la elaboración del padrón electoral, el cual es utilizado para las elecciones.

El Código Electoral en el artículo 20 sostiene que el Registro Electoral suspenderá el proceso de inscripción de ciudadanos y ciudadanas, ciento ochenta días antes de la fecha señalada para celebrar las elecciones; debiéndose cerrar definitivamente ciento veinte días antes dela fecha de las elecciones.

El Tribunal emitirá el padrón total nacional que remitirá a más tardar ciento sesenta y cinco días antes del día de la elección a los partidos políticos y coaliciones; en ese mismo plazo el TSE deberá poner a disposición de los ciudadanos y ciudadanas dichos padrones, para que puedan ser consultados y solicitar las correcciones que según la Ley proceda, a más tardar quince días antes del cierre definitivo del registro electoral.